Derechos de los Pueblos Indígenas

Cuidando su Protegido. Niña Yanacona. Macizo Colombiano.

"Cuidando su Protegido". Niña Yanacona. Macizo Colombiano.

La Asamblea General de la ONU aprobó el 13 de septiembre de 2007, la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas, un instrumento internacional cuyas negociaciones tomaron dos décadas y que protegerá a más de 370 millones de personas pertenecientes a esas comunidades en todo el mundo.

La Declaración consta de 46 artículos y establece parámetros mínimos de respeto a los derechos de los pueblos indígenas, que incluyen propiedad de la tierra, acceso a los recursos naturales de los territorios donde se asientan, respeto y preservación de sus tradiciones y autodeterminación.

El documento también reconoce derechos individuales, y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo.

Uno de los puntos más importantes del texto es el referente al apego de los indígenas a la tierra. Varios artículos mencionan su derecho a poseerlas, utilizarlas y desarrollarlas.

En este sentido, dispone que los Estados aseguren el reconocimiento y la protección jurídica de esas tierras, territorios y recursos y que no procedan a ningún traslado “sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa”.

El texto también hace hincapié en la importancia de la educación bilingüe y apunta a la implementación de medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de las condiciones económicas y sociales de los ancianos, mujeres y menores, en particular.

La Declaración no es jurídicamente vinculante, pero representa un instrumento dinámico en las normas internacionales, que ayudaría a proteger a los indígenas contra la discriminación y marginación.

Considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,

Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,

Reconociendo también que la situación de los pueblos indígenas varía según las regiones y los países y que se debe tener en cuenta la significación de las particularidades nacionales y regionales y de las diversas tradiciones históricas y culturales,

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, proclama como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo.

Una muestra del texto se presenta a continuación:

Artículo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la normativa internacional de los derechos humanos.

Artículo 2
Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ninguna discriminación en el ejercicio de sus derechos que esté fundada, en particular, en su origen o identidad indígena.

Artículo 25
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.

Artículo 34
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Artículo 43
Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.

Artículo 44
Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.

Referencia: Educar.org

Imagen de: rojo en los ojos

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Comentarios
1

le faltan mas articulos pero gacias

2

olaa

3

ola!
pz me parece
super
la pagina de internet
me sirvio mucho
gracias!!

4

hola
solo quiero que sea respectada

5

holaaaaa
grasias a esta pagina por darme tan buena inf.
vay cuidense

6

gracias es lo que estaba buscando para un proyecto de los pueblos indigenas
esta muy bien explicado aunque no tiene todos los articulos pero se comprende gracias a los que hicieron la pag sta chiida!!!

7

esta bien pero le faltan articulos gracias

8

esta chida la pag

9

no me gusto

10

HOLA SOLO QUERO DESIR QUE ES UNA IDIOTES

11

si supieran leer se habrian dado cuenta que hasta abajo del articulo dice “REFERENCIA”.

y si tubieran la curiosidad de darle CLICK van a ver que AHI VIENE TODA LA DECLARACIÓN..

hay que ser webones d vz en cuando pero tampoco ai que abusaR no chinguen… u_u

GACIAS POR EL ARTICULO..;)

12

esta bien, pero le falta mas informacion, o enfocarse un poco a la realidad de los pueblos originarios.

13

ta chida pero le falta inspiracion por que era un poeta lo que staba diciendo berdad

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