15 de junio: Día Internacional de la Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez

 

El 17 de noviembre de 2002 se firmó la Declaración de Toronto, Canadá, OMS-INPEA-2002, en la que se definió el concepto de maltrato, y el 15 de junio de 2006 se celebró por vez primera el Día Internacional de Toma de Conciencia sobre el Abuso y Maltrato en la Vejez.

El objetivo de este día es crear conciencia social y política de la existencia del maltrato y abuso hacia las personas mayores.

El abuso y los maltratos a los adultos mayores son algo inaceptable que se puede producir de diversas maneras y que debemos prevenir. La Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores y la Red Internacional para la Prevención del Abuso y Maltrato en la Vejez (INPEA) son algunas de las organizaciones que colaboran en la realización de diversas acciones.

También es un día dedicado a estudiar las posibles acciones que debemos llevar a cabo ante esta situación y en defensa de la dignidad de las personas mayores. Debemos tener en cuenta que este tipo de maltrato es un evento que apenas comienza a darse a conocer y pocas veces se denuncia ya que en la mayoría de las ocasiones quien lo ejecuta son familiares o personas cercanas y de confianza para el adulto mayor.

El maltrato a las personas de edad se define como la acción única o repetida, o la falta de respuesta apropiada, que ocurre dentro de cualquier relación donde existe una expectativa de confianza y la cual produzca daño o angustia a una persona anciana. Puede reflejar un acto intencional de negligencia, ignorancia u omisión.

El tipo de maltrato o violencia al que se enfrentan incluye:

  • Abuso físico: se manifiesta a través de golpes, jalones o cualquier lesión en el cuerpo
  • Abuso psicológico: incluye insultos, burlas, rechazo, amenazas, humillaciones, no considerar las opiniones del adulto mayor o simplemente no hablar con él
  • Abandono: se da cuando se desatienden las necesidades del adulto mayor como alimentación, salud, atención y principalmente afecto.
  • Negligencia médica: es el abuso de confianza por parte del terapeuta o profesional que lo atiende
  • Abuso sexual: es todo contacto sexual sin consentimiento del adulto mayor
  • Abuso patrimonial: es el uso ilegal o inapropiado de fondos, propiedades y otros recursos del anciano así como el impedimento para tomar decisiones sobre sus bienes muebles e inmuebles u obligarlo a designar a un sucesor testamentario en contra de su voluntad.

El Inapam ofrece asesoría jurídica gratuita y canaliza los casos de violencia intrafamiliar y maltrato a las instancias correspondientes.

Es importante que todos conozcamos la Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores que contiene puntos como:

  • Disposiciones generales.
  • De los principios y los derechos.
  • De los deberes del Estado, la sociedad y la familia.
  • De la política pública nacional de las personas adultas mayores.
  • Del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
  • De las responsabilidades y sanciones.

Referencias:

http://www.educared.net/PrimerasNoticias/hemero/2007/junio/soci/mayores/print.pdf

http://www.inapam.gob.mx/index/index.php?sec=15&clave_articulo=6

http://www.inapam.gob.mx/archivos/1/file/LEY_ADULTOS_2008_especial.pdf

Imagen de: El Pelos Briseño



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